En este contexto, ¿cuándo es obligatorio emitir factura electrónica? La factura electrónica lleva siendo obligatoria desde hace años para aquellos que emitan facturas a la Administración Pública. Con la Ley Crea y Crece, esta obligación se extiende y la factura electrónica pasa a ser obligatoria para una buena parte de las operaciones comerciales.
El artículo 12 de esta ley recoge que “todas las empresas y autónomos deberán expedir y remitir facturas electrónicas en sus relaciones comerciales con otras empresas y autónomos”. Por lo tanto, con la entrada en vigor de la Ley Crea y Crece ahora también las empresas y autónomos están obligados a las facturas electrónicas.
La legislación introduce las siguientes disposiciones que afectarán progresivamente a todos los profesionales autónomos, PYMES, así como a las grandes corporaciones:
- Todos los profesionales están obligados a emitir, enviar y recibir facturas electrónicas en sus transacciones comerciales con otros empresarios y profesionales.
- Deben proporcionar información sobre el estado de las facturas, tanto si actúan como emisor o receptor de las mismas.
- Las soluciones tecnológicas y plataformas utilizadas deben asegurar la interconexión e interoperabilidad sin coste adicional, ya sean desarrolladas internamente o suministradas por empresas especializadas en servicios de facturación electrónica.
- Durante un período de 4 años a partir de la emisión de las facturas electrónicas, los destinatarios tienen derecho a solicitar una copia de las mismas sin incurrir en costos adicionales.
Con el fin de promover la digitalización empresarial y cumplir con esta nueva normativa, el Gobierno está alentando a las empresas a adoptar un software especializado en facturación electrónica para la gestión y automatización de la contabilidad.