¿Cómo puede ayudar el contrato de apoyo a emprendedores?
El contrato de apoyo a emprendedores se creó en el año 2012 con la finalidad de incentivar el empleo estable y fomentar la contratación dentro de la pequeña y mediana empresa (pyme). Era por tiempo indefinido y establecía deducciones fiscales y bonificaciones, por un periodo establecido, que resultaban beneficiosas para el empresario y estimulaban el empleo. Se encontraba regulado en el Artículo 4 de la Ley 3/2012, del 6 de Julio, como parte de las medidas urgentes que se establecieron en el inicio como apoyo al empleo y estímulo al emprendimiento.
Este tipo de contratación indefinida fue derogada mediante el Decreto de Ley 28/2018, del 28 de diciembre, con efectos desde el 01/01/2019; como parte de las medidas urgentes que tomó el gobierno para controlar la crisis laboral e impulsar la revalorización de las pensiones públicas.
Motivo legal de la derogación
La Ley 3/2012, del 6 de Julio, en su Disposición transitoria novena (punto 2) establece que «hasta que la tasa de desempleo en nuestro país se sitúe por debajo del 15 por ciento podrán realizarse contratos de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores a que se refiere el artículo 4 de esta Ley».
El 15/10/2018 el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) publicó la Encuesta de Población Activa (EPA), correspondiente al tercer trimestre, en la que se constata que el desempleo en España se situó en 14,55 %, valor por debajo del estipulado en Ley como referencia para la finalización de dicho tipo de contrato. Conocida esta información, el Estado promulgó el decreto para su derogación.
¿Existe en la actualidad contrato indefinido de apoyo a emprendedores?
A pesar de que ya se encuentra derogado se consideran válidos los contratos que se hayan celebrado hasta el 1 de enero del 2019, así como los incentivos fiscales relacionados a los mismos y las cotizaciones previstas, las cuales continuarán rigiéndose por las normas vigentes en el momento de su celebración y se consideran plenamente aplicables a estos contratos.
También el mismo criterio es válido para los contratos celebrados desde la fecha de publicación de la EPA, correspondiente al tercer trimestre del 2018, hasta la entrada en vigencia del Real Decreto 28/2018.
¿Qué características tiene el contratos de apoyo a emprendedores?
Este tipo de contrato suponía un incentivo para generar puesto de trabajo para jóvenes entre 16 a 30 años y trabajadores desempleados mayores a 45 años, los rangos de edades más afectados por la falta de empleos en el país.
- Era un contrato indefinido en cuanto al tiempo de duración establecido, por lo que se conoció como Contrato Indefinido de Apoyo a Emprendedores.
- Era aplicable en empresas que contaban al momento de la contratación con menos de 50 trabajadores.
- El derecho a los incentivos se encontraba condicionado al mantenimiento de una relación laboral por lo menos de 3 años.
- Podía ser establecido en caso de jornada laboral completa como su modalidad parcial.
- Establecía un período de prueba de un año.
¿Cuáles eran los incentivos que suponía el contrato de apoyo a emprendedores?
A pesar de ser indefinido, el contrato suponía un periodo de prueba de un año, en el que se podía poner fin al contrato de trabajo sin necesidad de justificar el motivo de su cancelación y sin indemnizar al trabajador. Además, hay incentivos asociados a la seguridad por la contratación de personal y una serie de beneficios fiscales que detallaremos.
Incentivos fiscales
Entre otros, los beneficios para la empresa eran los siguientes:
- La empresa podrá deducir 3.000 euros de la cuota total del período correspondiente a ese primer año de prueba; en el caso del primer trabajador contratado menor de 30 años.
- En caso de contratar a un trabajador que percibe prestación contributiva por desempleo, tiene derecho a aplicar una deducción en el Impuesto sobre Sociedades igual al 50 % de la prestación pendiente de cobro, con el límite de 12 mensualidades. Este beneficio era aplicable hasta alcanzar una relación de 50 trabajadores en nómina y que se constate el aumento en la plantilla de trabajadores en el año siguiente.
Bonificaciones en las cuotas a la Seguridad Social
Si la empresa contrata personal dentro de las franjas de edad antes mencionadas, que se encuentren en situación de paro e inscritos en la Oficina de Empleo, tendrá derecho, durante tres (3) años a los siguientes beneficios en las cuotas a la Seguridad Social:
- Menores a 30 años: primer año, 83,33 euros; segundo, 91,67 euros y tercero, 100 euros mensuales.
- En el caso de la contratación de mujeres las cantidades se incrementan en 8,33 euros/mes.
- Los empleados mayores a 45 años tienen que haber estado mínimo 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación; la cuota será de 108,33 euros/mes.
- Si el contrato es a tiempo parcial, la bonificación serán proporcional al contrato.
Para tener derecho a todos los beneficios la empresa deberá cumplir con todas sus obligaciones contractuales.
Nuevos incentivos para los emprendedores
A pesar del impacto inicial en la derogación de la Legislación y los problemas que implica encontrar financiación para abrir nuevas empresas, el universo emprendedores/PYME se mantiene activo. Son varias las ayudas y subvenciones para emprender que brindan oxígeno al mini empresario y detiene el despido. Las ayudas vienen como política Estado, Comunidades Autónomas y las mismas entidades locales:
- El Programa de Apoyo Empresarial a las Mujeres, PAEM y el Instituto de la Mujer, ofrecen ayudas, subvenciones y acompañamiento especializado para el arranque de proyectos.
- El Ministerio de Ciencia e Innovación ofrece incentivos fiscales a aquellos proyectos orientados a la I&D tecnológico.
- Las Comunidades Autónomas de Madrid y Barcelona, entre otras, ofrecen ayuda a trabajadores que decidan iniciar actividad empresarial por cuenta propia.
- También disponen de fondos privados para tener el dinero o la experiencia para impulsar los proyectos.
También existen ayudas para emprendedores jóvenes, que se encuentren discapacitados y que cumplan los requisitos que se exigen.
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