Es probable que, si estás inmerso en cualquier punto del proceso de creación de una empresa, hayas oído hablar del Impuesto sobre Sociedades y tengas numerosas dudas al respecto… ¿En qué consiste exactamente este tributo? ¿Cuándo se paga? ¿Está tu nuevo negocio sujeto a este impuesto?
Como siempre, tu deber al emprender y crear tu propio proyecto es informarte y familiarizarte con este tema. Pero no te preocupes, porque este artículo te ofrece todas las respuestas que necesitas.
¿Qué es el Impuesto sobre Sociedades?
El Impuesto sobre Sociedades es un tributo que grava los beneficios producidos por una empresa o por cualquier otro tipo de entidad jurídica. El objetivo de este impuesto es recaudar fondos para financiar gastos públicos y para sostener los servicios y funciones del Estado.
Un rasgo interesante del Impuesto sobre Sociedades es que uno de sus objetivos es precisamente establecer un marco de igualad fiscal. ¿Cómo? Obligando a las empresas a que contribuyan en relación a sus beneficios obtenidos.
Este impuesto presenta tres características básicas:
- Es directo, ya que grava la obtención de renta de una empresa y refleja de forma directa la capacidad económica de esta misma.
- Es personal, ya que está referido a alguien en concreto (en este caso, a una persona jurídica).
- Es periódico, ya que es necesario pagarlo de forma regular cada 12 meses, al finalizar el ejercicio fiscal el 31 de diciembre de cada año.
Obligaciones y plazos del Impuesto sobre Sociedades en España
Antes de seguir adentrándonos en los entresijos de este tributo, es necesario preguntar: exactamente, ¿quién tiene la obligación de tributar el Impuesto sobre Sociedades en España? A continuación tienes una lista completa:
- Personas jurídicas: Sociedad Limitada, Sociedad Anónima, Sociedad Comanditaria, Sociedad Cooperativa, fundaciones, asociaciones…
- Sociedades agrarias de transformación.
- Fondos de inversión de cualquier institución de inversión colectiva.
- Uniones Temporales de Empresas (UTES).
- Fondos de capital riesgo y fondos de inversión colectiva (siempre que sean a tipo cerrado).
- Fondos de pensiones.
- Fondos de regulación del mercado hipotecario.
- Fondos de titulización hipotecaria.
- Fondos de titulización de activos.
- Fondos de garantía de inversiones.
- Comunidades titulares de montes vecinales en mano común.
- Fondos de activos bancarios.
Lo que interesa en este artículo, sin embargo, es cómo el Impuesto sobre Sociedades afecta a las personas jurídicas. Y, a ese respecto, hay que tener en cuenta que este es un tributo regulado por la Agencia Tributaria en base a una normativa fiscal que establecer unos plazos y obligaciones a tener en cuenta:
1. Declaración. Todas las empresas deben tributar anualmente este impuesto mediante una declaración que se realiza con el modelo 200. Esta declaración debe incluir la liquidación del tributo y su pago correspondiente.
2. Plazo de presentación. Las empresas deben presentar este impuesto en los 25 días naturales que siguen a los seis meses posteriores al cierre del ejercicio fiscal. Y esto suena un poco a galimatías, pero es sencillo: en el caso de que el ejercicio fiscal coincida con el año natural (es decir, el que va de enero a diciembre), el plazo de presentación de este tributo del 1 al 25 de julio del año siguiente.
3. Fraccionamiento de pagos. En el caso de que la empresa opte por el pago fraccionado, se realizarán tres pagos calculados en función de la base imponible del ejercicio fiscal en curso. Existen tres plazos para efectuar los pagos fraccionados: del 1 al 20 de abril (primer pago), del 1 al 20 de octubre (segundo pago), del 1 al 30 de diciembre (tercer pago). Profundizaremos en esta cuestión al final de este artículo.
Hay que tener en cuenta, sin embargo, que estos plazos y obligaciones puede cambiar en algunos casos concretos, como puede ser el de las empresas de dimensión reducida . Es recomendable, por tanto, consultar la normativa fiscal vigente o contar con ayuda profesional para garantizar que tu empresa está cumpliendo con las obligaciones fiscales impuestas por el Gobierno español.
¿Cómo se calcula este tributo?
Para saber a cuánto asciende el Impuesto sobre Sociedades es necesario determinar la cuantía de la base del tipo imponible; o lo que es lo mismo: la renta neta del periodo impositivo. ¿Y cómo se obtiene esta cifra? Restándole el gasto de una empresa al ingreso obtenido y realizando cualquier tipo de ajuste contable extra en el caso de que sea necesario.
Lo que conduce inevitablemente a otra pregunta: ¿cómo sabes si debes aplicar algún tipo de ajuste contable? En cuanto a esto, lo esencial es que estas modificaciones y correcciones están directamente estipuladas por Hacienda para conciliar las diferencias de política entre el cálculo de la base imponible y el del resultado contable. Así que es necesario que compruebes si, en tu caso, son aplicables o no.
En el momento de calcular las rentas de cada ejercicio, puedes encontrarte con diferencias positivas o negativas, lo que significa que el resultado de la declaración puede ser a pagar, a devolver o cero. Pero estas variaciones también pueden ser de otros dos tipos:
- Permanentes, aquellas que se producen en el caso de que un gasto contable no sea deducible fiscalmente (ni en el ejercicio corriente ni posteriormente). Este tipo de diferencia se suma al resultado para calcular la base imponible del tributo. Se dice que es permanente porque no se puede revertir su naturaleza de resultado no deducible fiscalmente. Un buen ejemplo de diferencia permanente es la que surge cuando una empresa debe pagar una multa que contabiliza como gasto contable pero no fiscal.
- Temporarias, aquellas que se revierten en el tiempo porque responden a un criterio no temporal. Esto quiere decir que el gasto es considerado tanto desde el punto de vista fiscal como contable; pero que, al aplicarse en diferentes plazos, sus cantidades acaban siendo diferentes. El ejemplo perfecto de diferencia temporaria es el de la adquisición de un activo que se amortizará en diferentes años, de tal forma que el valor contable del bien se alargará en varios ejercicios mientras que fiscalmente se ha pagado en un año concreto.
Aprende a calcular el Impuesto sobre Sociedades
La mejor forma de aprender a realizar este tipo de cálculos es entrar en materia directamente con un buen ejemplo... Supongamos que, en el desarrollo del último ejercicio de tu empresa, tienes una multa de 2000 euros en el registro de contabilidad. Según la normativa, se trata de un gasto no deducible. Por lo tanto, será necesario corregir el resultado contable con el fin de eliminarlo cuando lleves a cabo tu declaración de impuestos.
En este caso, existen diferencias de calificación entre la normativa contable y la fiscal, que además serán positivas y permanentes. Esto quiere decir que tendrás que realizar una modificación por razones fiscales, aumentando a tu resultado contable 2000 euros antes de impuestos.
Tras calcular el valor de la renta del ejercicio, deberás restarle las bases imponibles negativas de los ejercicios previos que correspondan. Así sabrás a cuánto asciende la base imponible vigente. El siguiente paso consiste en multiplicar esta cantidad por el tipo impositivo.
De esta manera, se obtiene la cuota íntegra, a la cual se le descuentan las deducciones y bonificaciones que se hayan aplicado dentro del periodo. Esto dará como resultado la cuota líquida positiva. Por último, tras aplicar los pagos a cuenta y las retenciones pertinentes, podrás calcular la cuota diferencial. Ese es precisamente el importe que le pagarás a Hacienda.
Cómo optimizar el pago del Impuesto sobre Sociedades
A continuación tienes una lista con estrategias y consejos que te van a ayudar a optimizar el pago del Impuesto sobre Sociedades en España:
1. Conocer la normativa fiscal. Tener un conocimiento en profundidad de la regulación fiscal vigente relativa a este tributo te permitirá no solo cumplir con tus obligaciones legales sino, además, rastrear oportunidades de optimización y sanear tu presupuesto.
2. Planificar fiscalmente. Realiza una buena planificación fiscal que te ayude a reducir la carga fiscal. ¿Cómo conseguirlo? Anticipándote a todos los eventos y transacciones que sean previsibles, evaluando todas las opciones fiscales a tu disposición y estructurarlas de tal forma que el impacto del tributo sea el menor posible.
3. Aprovechar incentivos fiscales. En nuestro país existen todo un conjunto de incentivos fiscales con los que el Gobierno estimula la inversión y la innovación. Nunca está de más investigar para ver si tu empresa puede beneficiarse de alguna ayuda de este tipo, como pueden ser las deducciones por I+D, por inversiones medioambientales o por reinversión de beneficios.
4. Optimizar la gestión de gastos e ingresos. Revisa tu gestión de gastos a la búsqueda de posibles mejoras: identifica los gastos deducibles, evalúa oportunidades de diferir o anticipar ingresos… Cada empresa tiene sus propias características y, por lo tanto, también debe tener una gestión de gastos e ingresos adaptada a sus propias necesidades.
5. Evaluar la forma jurídica de la empresa. Diferentes formas jurídicas y estructuras empresariales significan diversas implicaciones fiscales. Es probable que, cambiando la forma jurídica de tu compañía, puedas optimizar el pago de impuestos.
6. Recurrir a asesoramiento especializado. Los profesionales especializados en asuntos fiscales pueden ayudarte a optimizar el pago del Impuesto sobre Sociedades, ya que son los más cualificados para identificar oportunidades, aplicar la normativa fiscal de la forma más solvente y optimizar tu plan contable.
Novedades fiscales en el Impuesto sobre Sociedades 2023
Este año 2023 ha estado marcado por tres novedades fiscales a tener en cuenta al respecto del Impuesto sobre Sociedades. Las listamos a continuación:
1. Nuevo tipo de gravamen reducido. A partir del 1 de enero de 2023 y con carácter indefinido, todas aquellas sociedades que en el año anterior facturaran menos de un millón de euros se beneficiarán de un tipo reducido del 23 % en vez del anterior del 25 %.
2. Amortización acelerada de determinados vehículos. Todas aquellas inversiones en nuevos vehículos del tipo FCV, FCHV, BEV, REEV o PHEV justificables por la actividad empresarial y que entren en funcionamiento en el período entre los años 2023 y 2025 se podrán amortizar el doble de rápido de lo estipulado en las tablas oficiales de amortización.
3. Régimen fiscal especial de las Islas Baleares. En esta comunidad autónoma se activa un régimen fiscal especial similar al de las Islas Canarias con vigencia de seis años, de 2023 a 2028, ambos incluidos. Este régimen especial incluye dos ventajas fiscales específicas: la reserva para inversiones en el territorio especificado y una bonificación en la cuota para empresas pesqueras, ganaderas, agrícolas e industriales.
Recursos y herramientas útiles
Si algo ha quedado claro hasta aquí en este artículo, es precisamente que el Impuesto sobre Sociedades no es particularmente sencillo. Más bien todo lo contrario. Por eso mismo nunca está de más que recurras a todas las herramientas y recursos que tengas a tu disposición:
- Agencia Tributaria. En la web oficial de la AEAT puedes encontrar todo lo necesario para abordar este tributo: información, formularios, modelos e incluso guías. Además, es el mejor lugar para acceder a la actualización de la ley vigente, además de las preguntas habituales sobre el tema.
- Software de gestión contable. Las aplicaciones y programas de gestión contable son una herramienta realmente útil a la hora de simplificar el cálculo y presentación del Impuesto sobre Sociedades, ya que suelen ofrecer funciones específicas para este tipo de tareas fiscales.
- Asesoría fiscal. Como ya ha quedado sugerido unos párrafos más arriba, el apoyo de un profesional especializado en asesoría y consultoría fiscal puede ser crucial a la hora de acceder a las novedades legislativas y a una orientación que se ajuste a las necesidades de tu empresa en lo que respecta a este impuesto.
- Libros y publicaciones especializadas. No te limites al online, porque existen incontables libros, manuales, guías y publicaciones especializadas en temas fiscales y tributarios en los que puedes aprender más del Impuesto sobre Sociedades. Si lo que necesitas es análisis detallados, casos prácticos y orientación técnica, también lo podrás encontrar impreso sobre papel.
- Formación y cursos. ¿Sigues sin descifrar el gran enigma de este tributo? No te preocupes, porque existen muchos cursos de formación fiscal en los que los profesores te ayudarán a aclarar cualquier tipo de duda que puedas tener.
Algunas preguntas frecuentes sobre el Impuesto sobre Sociedades en España
¿Qué tipos de empresas están sujetas al Impuesto sobre Sociedades?
El régimen fiscal puede definir si una empresa está obligada o no a pagar el Impuesto sobre Sociedades. Pero, al fin y al cabo, existen dos tipos de sociedades que deben presentar este tributo:
1. Sociedades que realizan actividades económicas en el país. Esto incluye a las sociedades mercantiles anónimas, colectivas, laborales, de responsabilidad limitada, etc. Al mismo tiempo, las sociedades agrarias, autonómicas, civiles con propósitos mercantiles, cooperativas, de transformación, estatales, locales, provinciales y unipersonales son parte de la lista de contribuyentes. Lo mismo aplica a las agrupaciones de interés económico, los entes públicos, y las instituciones, fundaciones, y asociaciones privadas y públicas.
2. Algunas entidades del territorio nacional que no son personas jurídicas. Pagan el impuesto de sociedades las comunidades titulares de montes vecinales en mano común; los fondos de inversión, activos bancarios, capital-riesgo, garantía de inversión, regulación del mercado hipotecario, pensiones y titulización; y las uniones temporales de empresas.
¿Qué sociedades se eximen de pagar este impuesto?
Además de las personalidades físicas, no todas las entidades (jurídicas o no) tienen obligaciones relacionadas con los impuestos sobre sociedades. Dentro del sector público español, por ejemplo, hay varias que gozan de la exención total de este gravamen. Esto significa que no tienen que presentar declaraciones de impuestos ni cumplir con los requisitos contables. Es el caso de ciertos entes del Estado, las Comunidades Autónomas, las provincias y los municipios, así como algunos que están ligados al Banco de España o a la Seguridad Social.
Tampoco tributan ciertas entidades que no son personas con carácter jurídico. Esto incluye a las comunidades de bienes y herencias yacentes. Una sociedad civil sin objeto mercantil también está libre de pagar este impuesto, independientemente de si tiene personalidad jurídica o no.
Por otro lado, hay otras entidades que están parcialmente exentas de pagar el impuesto sobre sociedades. En este categoría se cuentan las instituciones benéficas, de utilidad pública y sin ánimo de lucro; las asociaciones empresariales, las cámaras oficiales, los colegios profesionales, los partidos políticos y los sindicatos, entre otras.
¿Cuándo debo presentar mi declaración del Impuesto sobre Sociedades?
Existen dos tipos de liquidaciones del Impuesto sobre Sociedades: las anuales y las fraccionadas. Para presentar su declaración, los socios o el contable deben llevar a cabo los siguientes pasos:
1. Completar el Modelo 202 (de pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades). Estos modelos se presentan en distintos momentos a través del año, siempre que hayas conseguido un resultado positivo en la declaración del ejercicio anterior. Específicamente, se efectúan en los meses de abril, octubre y diciembre.
2. Realizar el abono correspondiente. Si facturas menos de diez millones de euros al año, el tipo a aplicar es de carácter general, y asciende a 18 %. Sin embargo, este porcentaje aumenta al 24 % para las empresas cuya facturación equivale a un capital mayor a dicha cantidad.
3. Completar el Modelo 200 (declaración anual del Impuesto sobre Sociedades). Como su nombre indica, se debe presentar una vez al año. La ley establece un plazo entre el 1 y el 25 del mes de julio para hacer esto. Es de carácter obligatorio dar aviso a Hacienda mediante este documento, aunque no hayas desarrollado actividad o no hayas obtenido rentas sujetas al impuesto sobre sociedades.
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