Declaración de la Renta
Si vives en España y tienes una vida laboral activa, independientemente de que seas trabajador por cuenta propia o ajena, tienes la obligación fiscal de presentar cada año tu Declaración de la Renta. Y, sin embargo, la mayoría de los contribuyentes piensan que este es un trámite complicado. Nada mejor para ahuyentar las dudas que aprenderlo todo sobre esta presentación ligada estrechamente al IRPF.
La Declaración de la Renta es un trámite anual que todos los trabajadores en activo de España deben presentar entre los meses de abril y junio con la intención de regularizar su situación fiscal ente la Agencia Tributaria. Más concretamente, se trata de un proceso en el que los contribuyentes informan al Estado sobre sus ingresos, gastos y patrimonio durante un año fiscal concreto (habitualmente, el año fiscal anterior al corriente).
Este trámite implica el cálculo del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRFP) que cada persona (física o legal) debe abonar al gobierno. La Declaración de la Renta es una herramienta fundamental en la recaudación de impuestos estatales y la financiación de los servicios públicos. Una de sus principales utilidades es, de hecho, el establecimiento de una situación de equidad en la que todos los ciudadanos contribuyan en función de sus ingresos y deducciones fiscales aplicables.
¿Qué es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)?
El IRPF es un impuesto que grava las rentas obtenidas por las personas físicas de España durante un ejercicio fiscal. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas grava los ingresos y ganancias obtenidos tanto por los trabajadores por cuenta ajena (asalariados) como los trabajadores por cuenta propia (autónomos), además de los procedentes de prestaciones públicas (pensiones) y de cualquier otro tipo de renta (alquiler, dividendo, fondo de inversión, etc.).
Se trata de un impuesto progresivo, ya que su tasa impositiva se incrementa de forma proporcional a los ingresos del contribuyente. Esta progresividad responde al interés del estado por redistribuir la economía del país, de tal forma que un mayor nivel de rentas suponga también un impuesto más alto y, a la vez, se reduzca la carga fiscal de las declaraciones de personas con una capacidad adquisitiva menor.
Los diferentes tramos de este impuesto ayudan a controlar esta progresividad. Estos son los tramos del IRPF en 2023:
Tramo | Retención |
---|---|
Hasta 12 450 euros |
19% |
Desde 12 450 euros hasta 20 199 euros |
24% |
Desde 20 200 euros hasta 35 199 euros |
30% |
Desde 35 200 euros hasta 59 999 euros |
37% |
Desde 60 000 euros hasta 299 999 euros |
45% |
Más de 300 000 euros |
47% |
¿Cómo funciona la Declaración de la Renta?
Antes de nada, es necesario entender que los contribuyentes no abonan todo el IRPF anual de una vez, sino que lo descuentan de sus salarios mensuales a través de una retención en nómina (en el caso de los trabajadores por cuenta ajena) o de sus ganancias trimestrales usando el modelo pertinente (en el caso de los autónomos). Estos anticipos que se van realizando durante el ejercicio fiscal se conocen como retenciones en cuenta, y no es otra cosa que las cantidades que se restan de la renta del contribuyente y se abonan a la Agencia Tributaria por adelantado.
Al presentar la Declaración de la Renta, lo que haces es regularizar tu situación fiscal ante la Agencia Tributaria. Este trámite sirve para calcular si hemos aportado suficiente según el tramo del IRPF en el que nos encontremos: si hemos aportado menos, tendremos que abonar la diferencia; si hemos aportado más, Hacienda deberá devolvernos la cantidad de dinero resultante del cálculo.
¿Qué significa un resultado negativo?
Una de las grandes preguntas a la hora de tramitar la Declaración de la Renta suele ser: ¿qué significa si me sale un resultado negativo? La duda tiene una respuesta fácil:
- Un resultado negativo significa que Hacienda deberá devolverte el dinero reflejado en el resultado.
- Un resultado positivo significa que deberás abonar a Hacienda el dinero reflejado en el resultado.
¿Quién está obligado a presentar la Declaración de la Renta?
No todos los contribuyentes tienen la obligación de realizar declaraciones. Únicamente las personas físicas con residencia fiscal en España y que superen cierto umbral de renta anual deberán presentarla de forma obligatoria.
Siendo más concretos, también puede decirse que están obligadas a presentar la Declaración de la Renta todas aquellas personas físicas que hayan percibido rendimientos del trabajo iguales o superiores a 22 000 €. En este caso, deben darse también ciertas condiciones:
- Que los ingresos procedan de un único pagador.
- Que existan varios pagadores pero la suma del segundo y posteriores no superen en su conjunto la cuantía de 1500 € anuales.
- Que los rendimiento del trabajo provengan de pensiones de la Seguridad Social y otras prestaciones pasivas.
También puede darse el caso de que una persona física con rendimientos del trabajo iguales o superiores a 14 000 € esté obligada a presentar la Declaración de la Renta siempre que se cumplan ciertas condiciones:
- Que los ingresos procedan de más de un pagador y la suma del segundo y restantes pagadores superen la cuantía de 1500 € anuales.
- Que la persona haya recibido pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos (exceptuando el caso de que estas anualidades provengan de los padres por mandato judicial).
- Que el pagador no esté obligado a retener. Este es un caso habitual en pensiones procedentes del extranjero.
- Que se reciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.
Por último, es necesario abordar otros dos casos concretos en los que la persona física está obligada a realizar la Declaración de la Renta:
- Los autónomos, alcancen o no los mínimos establecidos e incluso en el caso de que tengan pérdidas.
- Todas aquellas personas que hayan percibido el ingreso mínimo vital. En este caso, deberán tramitar la Declaración tanto el titular del ingreso mínimo vital como el resto de personas integrantes de su unidad de convivencia.
¿Quién está eximido de presentarla?
Existen todo un conjunto de personas físicas que están eximidas de presentar la Declaración de la Renta:
- Personas no incluidas en los casos mencionados en el anterior punto.
- Personas cuyos rendimientos del trabajo, de capital o de actividades económicas no superen los 1000 euros.
- Personas que hayan tenido exclusivamente pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
Aun así, incluso en estos casos, es recomendable consultar el Borrador de la Renta antes de decidir que no vas a cursarlo. Al fin y al cabo, existen ocasiones que las personas tienen derecho a aplicar deducciones y reducciones que acaban implicando una devolución monetaria por parte de Hacienda.
¿Qué pasa si no se hace?
No presentar la Declaración de la Renta puede ser considerado por la Agencia Tributaria como una infracción leve, grave o muy grave. Dependerá del contexto, aunque para determinar la gravedad de la falta suele tenerse en cuenta si la persona ha ocultado datos o ha incurrido en prácticas fraudulentas.
Las infracciones más comunes son:
- No presentar la Declaración de la Renta.
- Omitir ingresos y ganancias.
- Eludir el pago de impuestos.
- Aprovechar beneficios fiscales indebidos.
- Obtener devoluciones no debidas.
Existe un variado número de sanciones en base a la gravedad de la infracción cometida. La más habitual es no presentar la Declaración dentro del plazo, lo que implica una sanción de 200 euros siempre que no hay significado un perjuicio económico para Hacienda.
En el caso contrario (es decir, que la declaración haya salido a pagar pero el contribuyente no haya abonado lo debido a la Agencia Tributaria), se aplica un recargo que depende del tiempo que se tarde en efectuar el pago:
- Recargo del 5 % de la cantidad a ingresar si se paga antes de tres meses.
- Recargo del 10 % de la cantidad a ingresar si se paga pasados entre tres y seis meses.
- Recargo del 15 % de la cantidad a ingresar si se paga pasados entre seis y doce meses.
- Recargo del 20 % de la cantidad a ingresar (a la que habrá que sumar los intereses de demora) si se paga pasado un año.
¿Cuándo se hace la presentación de la Declaración de la Renta?
En España, la Declaración del Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas se realiza anualmente durante la denominada Campaña de la Renta. Lo que ocurre es que las fechas exactas de esta campaña varían de un año fiscal a otro, aunque sí que es cierto que suelen estar comprendidas entre abril y junio del año siguiente al año fiscal que se está declarando.
Es de vital importancia que los contribuyentes busquen activamente información sobre las fechas específicas de la campaña anunciadas por la AEAT cada año ya que no solo varían ligeramente, sino que suelen definir plazos diferentes para la declaración telemática y la declaración en papel. Además, suelen establecerse plazos diferentes para la declaración dependiendo si se realiza de forma individual o conjunta, también si el contribuyente opta por el pago fraccionado. Todos ellos se pueden encontrar en la web de Hacienda.
Por poner un ejemplo, la Agencia Tributaria marcó ciertas fechas clave para la campaña de la renta de 2022:
- Martes 11 de abril de 2023: Apertura de la campaña para presentar declaración.
- 5 de mayo: Inicio de campaña para presentar declaración en modalidad telefónica.
- Del 25 de mayo al 29 de junio: Petición de cita para presentar declaración presencialmente.
- 1 de junio: Apertura de las oficinas de la AEAT para presentar declaración de forma presencial.
- 30 de junio: Fin de la campaña para presentar declaración.
Consejos para presentar correctamente la Declaración de la Renta ante Hacienda
Realizar la Declaración de la Renta cada año es esencial para cumplir con las obligaciones tributarias de Hacienda. Informarse cada año sobre cuándo es la Campaña de la Renta es tan solo el principio de un proceso comunitario en el que todos los contribuyentes de España deben rendir cuentas sobre sus ingresos y gastos anuales.
Para cumplir esta obligación fiscal, nada mejor que los siguientes consejos:
- Revisa el borrador. Hacienda suele proporcionar un borrador de la Declaración de la Renta con todos los datos fiscales ya incluidos. Es importante, sin embargo, que revises toda la información de forma cuidadosa y pormenorizada, añadiendo los datos pertinentes sobre tus rendimientos del trabajo, ingresos y deducciones. Dicho de otra forma: al recibir el borrador, no lo aceptes tal cual y revísalo. Así evitarás posibles problemas futuros.
- Cumple con los plazos. La Agencia Tributaria establece unas fechas límite para la presentación de la declaración, y una cosa ha de quedarte clara: esas fechas son sagradas. Tramitar la documentación con un día de retraso ya supone una sanción. Por suerte, la presentación telemática a través de la web de la AEAT hace que todo el proceso sea más fácil y cómodo.
- Incluye la información más detallada y precisa posible. Sé exhaustivo y no omitas ningún detalle relevante que pueda resultar problemático. Incluye ingresos de distintas fuentes en el caso de que existan, tal y como salarios, alquileres, intereses y dividendos, entre otros.
- Aprovecha las deducciones y beneficios fiscales a los que tengas derecho. Para ello, infórmate primero sobre un buen número de deducciones y beneficios a los que podrías optar en función de tu situación y estado civil. Esta es una forma interesante, por ejemplo, de pagar menos impuestos.
- Recurre a asesoramiento profesional. No dudes en acudir a un asesor fiscal o a un contable si en cualquier punto del trámite te surge alguna duda o no entiendes la complejidad de alguna situación financiera concreta. Esto no solo te evitará errores que pueden conducir a sanciones, sino que un profesional puede hacerte ahorrar con tu Declaración de la Renta.
- Pide cita previa. Si no puedes acceder a asesoramiento profesional, siempre puedes solicitar (por vía telefónica o a través de la web) una cita previa en la oficina de la AEAT y recibir la asistencia que necesites.
- Guarda todos los comprobantes durante por lo menos cuatro años. Ese es el tiempo en el que Hacienda puede realizar una auditoría si considera que ha habido alguna irregularidad con tu declaración.