El capital social es la suma de las aportaciones patrimoniales (ya sea en forma de dinero o bienes) que los diferentes socios de una empresa aportan a una sociedad mercantil. Esta aportación, por su parte, les otorga un poder sobre la empresa que siempre será proporcional a los valores aportados.
Por lo tanto, el capital social es la deuda que los socios de una empresa contraen de forma permanente. En el eventual de que la sociedad dé por finalizada su actividad, cada socio recuperará la misma cantidad de capital social que invirtió en un principio.
El capital social solo puede estar integrado por participaciones sobre las que los socios tengan total propiedad: dinero, bienes materiales, inmuebles... Un préstamo bancario, por lo tanto, nunca podrá integrarse dentro del capital social, ya que implica que la sociedad contraiga una deuda externa con un organismo financiero.
Si se pretende constituir una Sociedad Limitada, los estatutos han de reflejar el número de participaciones en que se divide el caudal social, el valor nominal de estas, su numeración correlativa y, en caso de que fueran desiguales, el tipo de derecho o derechos que cada una de ellas atribuya y la cuantía o extensión de los mismos.