AYUDAS PARA DESEMPLEADOS. El programa nacional para emprendedores contempla 4 tipos de ayudas: 1. Ayudas para convertirse en autónomo de hasta 10 000 € dependiendo de cada Comunidad Autónoma; 2. Rebaja de hasta 4 puntos en el préstamo, limitado a 10 000 € (el 75 % de estos préstamos debe emplearse en el material físico necesario para el desarrollo de la empresa, a la que el autónomo deberá invertir al menos 5000 euros); 3. Subvención para asistencia técnica cuya cuantía constituirá las 3/4 partes del coste total de los servicios (se podrá obtener 2000 € como máximo; y 4. Subvención para formación (como la anterior, pero con la diferencia de que el máximo será de 3000 €).
CAPITALIZACIÓN DEL PARO, también conocido como pago único por desempleo. Para optar a él, el emprendedor debe tener, como mínimo, 3 meses de plazo de prestación por desempleo en la Seguridad Social. No puede haber recibido esta ayuda en los cuatro años anteriores a su solicitud. El inicio de la actividad empresarial, por la cual solicita el pago, no puede ser anterior a la formalización de la solicitud. Deberá iniciarse, a más tardar, un mes después de solicitar la ayuda.
AYUDAS PARA MUJERES EMPRENDEDORAS. Existen tres programas para mujeres emprendedoras: 1. Programa para aquellas mujeres que viven en una zona rural; 2. Programa Innovatia 8.3 para fomentar la creación de empresas los sectores científicos y tecnológicos; y 3. Programa de soporte a empresarias, dirigido a emprendedoras que tengan un plan de negocio nuevo, aunque también vale si quieres ampliar o actualizar tu empresa.
SUBVENCIONES PARA JÓVENES. Para poder obtener estas ayudas no puedes tener más de 40 años. La pyme debe de estar dada de alta con una antigüedad de 2 años a fecha de solicitud. La actividad se debe desarrollar en el país, quedando fuera el sector financiero y el inmobiliario con limitaciones. El importe va desde los 25 000 € hasta los 75 000 €.
AYUDAS PARA EMPRESAS INNOVADORAS. Su actividad está basada en el uso de la tecnología o conocimientos técnico específico para explotar sus servicios. Se les hace una reducción fiscal de hasta el 60 %. La inversión en investigación debe de ser del 15 % de los gastos totales durante un año antes de la concesión de la subvención